Auto Supremo AS/0137/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2019-RA

Fecha: 12-Mar-2019

Con relación al segundo motivo denunciado en casación, refieren que se denunció en apelación restringida,


Con relación al segundo motivo denunciado en casación, refieren que se denunció en apelación restringida, en el punto 2 “Sentencia basada en elementos probatorios incorporados por su lectura en violación a las normas del título (art. 370 inc. 4 del CPP.),” que los informes policiales no se encuentran entre los documentos que podrían incorporarse a juicio conforme el inc. 3) del art. 333 del CPP, pues para incorporarse por su lectura se debiera contar en audiencia, con el funcionario que lo realizó para contrainterrogarlo y no pretenderse incorporarlo en inobservancia a las formalidades, al no ser un estudio científico o técnico sino un criterio emitido; sin embargo, sobre dichos reclamos el Tribunal de alzada no respondió a lo expresado como agravio al concluir: “que los informes fueron elaborados por el asignado al caso, y que son susceptibles de valorización como evidencia, debido a que se basan en elementos probatorios incorporados por su lectura en resguardo de los derechos y garantías de las partes, por cuanto dicho elemento no requería la opinión especializada en alguna ciencia o técnica”