Auto Supremo AS/0186/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

Claramente el precedente establece en primer término, la imposibilidad del Tribunal de alzada de revalorizar


Claramente el precedente establece en primer término, la imposibilidad del Tribunal de alzada de revalorizar la prueba, que es entendida conforme los alcances del art. 173 del CPP, como la nueva asignación de juicio de valor particular, sustituyendo la realizada en Sentencia, considerada como una apreciación personal del Tribunal de apelación, que como indica el precedente, su labor se encuentra limitada por el art. 413 del CPP, estipulando que en alzada de ninguna manera se puede dar aplicación al citado art. 173 del CPP