Auto Supremo AS/0186/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

Con la notificación de la Sentencia el acusado formuló recurso de apelación restringida, de acuerdo


II.2. Del Recurso de Apelación Restringida.

Con la notificación de la Sentencia el acusado formuló recurso de apelación restringida, de acuerdo a los siguientes fundamentos:

En audiencia de juicio oral, se planteó excepción de extinción de la acción por prescripción y por duración máxima del proceso, al amparo del art. 345 del CPP, considerando para la duración máxima del proceso que desde el día del hecho (30/11/2005) habrían transcurrido 8 años y 15 días, más de 8 años en lo que el Estado no había sido capaz de resolver el conflicto jurídico, invocando el Auto Supremo 222/2007 de 7 de marzo. Se afirma que la apreciación del Tribunal de Sentencia resultó ser subjetiva y hasta incoherente, atribuyendo una calidad dilatoria que no corresponde, cuando de antecedentes se advierte lo contrario, pronunciando una resolución sin fundamento y sin proceder a una convicción razonada de que el fallo exprese el verdadero sentido axiológico del caso, siendo que la dilación de la causa fue responsabilidad absoluta del Ministerio Público, la acusación particular y el órgano judicial. Asimismo, respecto a la prescripción, de los hechos fácticos, se llegó a concluir que tanto el Estado como la víctima han ejercido sus derechos no dejando vencer el término de la prescripción, siendo que una vez de iniciada la acción penal la misma continuó con todas las etapas del proceso penal, por lo que se puede concluir señalando que la acción penal no se suspendió, ni se dejó en abandono