Auto Supremo AS/0186/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

Con la anterior precisión se establece que el motivo de casación aludido, no se generó


Con la anterior precisión se establece que el motivo de casación aludido, no se generó en alzada, sino que su planteamiento remite el análisis a la tramitación del juicio oral propiamente dicho, sin que el recurrente haya ejercido en su momento, como parte de su derecho de impugnación, argumento de apelación restringida contra la Sentencia para que el Tribunal de alzada resuelva el agravio indicado, no pudiendo considerarse el Auto de Vista contradictorio con los Autos Supremos 93/2011 de 24 de marzo y 037/2013-RRC de 14 de febrero, debido a que por la propia actividad recursiva de la parte, la resolución impugnada en casación no emitió criterio judicial alguno sobre dichos agravios, precisamente por no haber sido alegados en apelación restringida por el recurrente; y, al no haberse procedido en ese sentido, el Auto de Vista por lógica consecuencia no ha contemplado en sus motivos y fundamentos lo ahora cuestionado en casación, situación ante la cual, este Tribunal de casación no encuentra contradicción entre el Auto de Vista con los precedentes de los Autos Supremos 93/2011 de 24 de marzo y 037/2013-RRC de 14 de febrero, deviniendo en consecuencia infundado el motivo traído a casación