Auto Supremo AS/0196/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0196/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

En el presente caso, la representante de la entidad acusadora denuncia de que el Tribunal


Sobre la presencia de los defectos descritos en el art. 370 incs. 5), 6), 8) y 11) y la vulneración de los arts. 124 y 173, todos en el CPP, el Auto de Vista impugnado expresó que, “por una valoración de la prueba en base a hechos no acreditados e inexistentes se habría absuelto al imputado Rodolfo Huarca Humpiri por no existir prueba suficiente que genere su culpabilidad, no es evidente…ya que en primer lugar no señala cual el elemento probatorio inexistente por el cual el Tribunal a quo absolvió al acusado citado, además se recuerda que la carga probatoria recae en la parte acusadora, por lo que la inexistencia de pruebas de descargo no implica vulneración alguna; sin embargo, es necesario establecer que la aplicación de la sana crítica el tribunal puede afianzar su convencimiento no en el número de pruebas o testigos introducidos al juicio, sino, en base al pleno convencimiento conducido por su entendimiento tal como lo refleja el AS N° 104/2015-RRC d 12 de febrero…” (sic).

FUNDAMENTOS DE LA SALA

En el presente caso, la representante de la entidad acusadora denuncia de que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación e incongruencia omisiva, incumpliendo el Auto Supremo 537/2015-RRC de 24 de agosto, emitido dentro de la esta causa, correspondiendo resolver la problemática planteada conforme los límites establecidos en el Auto Supremo 268/2016-RA de 21 de marzo