III.3.1 Doctrina legal aplicable dispuesta en el presente caso
El Tribunal de apelación eludió pronunciarse conforme la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 596/2016-RRC de 10 de agosto, en torno al reclamo de violación del art. 370 inc. 1) del CPP, sin haber tenido presente que habiéndose demostrado que el hecho se produjo con la intervención de más de ocho personas, mediando el uso de armas de fuego y poniendo en riesgo la vida de policías y civiles, no se emitió condena por el delito de Asociación Delictuosa como también se impuso una pena de solo cuatro años cuando el tipo penal del art. 332 del CP, considera una pena fluctuante entre los 3 a los 10 años de presidio.
Las consideraciones de la parte recurrente sobre este particular van dirigidos a considerar que el Auto de Vista 042/2018 fue contrario a la doctrina legal del Auto Supremo 596/2016-RRC de 10 de agosto, situación que teniendo presente que el precedente invocado es directamente vinculado al Fallo recurrido en casación, del cual se reclama una supuesta falta de pronunciamiento a todos los motivos de apelación restringida por parte del Tribunal de apelación quien habría eludido absolverlas recurriendo criterios evasivas y contradictorias, sin haber hecho una valoración sobre lo valorado por el Tribunal de Sentencia sobre las condiciones en las que el hecho se habría perpetrado (número de personas y uso de armas de fuego ), aspectos que constituirían falta de pronunciamiento o vicio de incongruencia omisiva vulnerando los arts. 124 y 398 del CP, lo que en suma hace que los requisitos procesales dispuestos por los arts. 416 y 417 del CPP, hayan sido cumplidos
III.3.1 Doctrina legal aplicable dispuesta en el presente caso
- Por memorial presentado el 1 de junio de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia S-03/2014 de 27 de febrero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, los imputados Marco Rodríguez Baca (fs
- Por Auto Supremo 745/2018-RA de 17 de agosto, esta Sala delimitó el ámbito de análisis
- Lo anterior sirve de plataforma para reclamar que el fallo impugnado contradice los Autos Supremos
- El Tribunal de apelación eludió pronunciarse conforme la doctrina legal establecida en el Auto Supremo
- El Tribunal Quinto de Sentencia Quinto de El Alto, pronunció la Sentencia S-03-2017 de 27
- El citado falló, consideró en conclusiones que “el Ministerio Público y la acusación particular cumplen
- Jurídicamente conforme a este hecho probado, en el comportamiento de los acusados…se configura la acción
- De igual forma, la Sentencia S-03-2014 de 27 de febrero, declaró la absolución de Rodolfo
- Brinks Bolivia S
- Defectos de Sentencia previstos por los incs
- Violación de los arts
- El reclamo en torno a la aplicación del art
- En el presente caso, la representante de la entidad acusadora denuncia de que el Tribunal
- III.3.1 Doctrina legal aplicable dispuesta en el presente caso
- Un rasgo llamativo, en el presente caso estriba en la emisión de los Autos Supremos
- En el primer motivo de casación, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, pese a lo
- Al respecto, de la revisión del Auto de Vista impugnado…el Tribunal de alzada argumentó que
- Argumento que, contrastado con lo referido por el mismo Tribunal de alzada en el Auto
- En cuanto a la denuncia de errónea aplicación de la ley sustantiva respecto al tipo
- En el segundo motivo de casación, la parte recurrente alega que el Tribunal de apelación en los
- En el punto 3
- Como se tiene anotado precedentemente, el abordaje brindado por la Sala Penal Segunda en el
- El Tribunal de apelación, considera que el reclamo sobre inobservancia de la Ley sustantiva se
- Siendo evidente las infracciones denunciadas en torno al incumplimiento de la doctrina legal aplicable del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
