Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0222/2019
Fecha: 07-Mar-2019
Sea con costas y costos
Sea con costas y costos
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perjuicios
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Distrito: Santa Cruz
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VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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Contra la referida Resolución Carmelo Soleto Palacios mediante memorial cursante de fs
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Conforme a la revisión de obrados se puede establecer que mediante memorial cursante de fs
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Manifiesta que es deber del recurrente citar en términos claros, concretos y precisos la ley
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Fundamentos por lo que solicita se declare improcedente el recurso de casación
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CONSIDERANDO III
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En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
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De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
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Del lineamiento Jurisprudencial extractado se puede establecer que este Tribunal bajo un criterio de logicidad
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Es por dicho motivo que al momento de analizarse una nulidad por incongruencia, se deberá
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El entendimiento expuesto supra como se dijo, resulta aplicable al tema de la incongruencia omisiva
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Entendimiento que también se encuentra plasmado en el Código Procesal Civil boliviano promulgado por Ley
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Entonces bajo ese contexto jurisprudencial se puede concluir manifestando que el error o defecto procedimental
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Sobre este reclamo, resulta pertinente tomar en cuenta que la congruencia, como un elemento del
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En el presente caso, de la lectura del fallo recurrido, se puede observar que evidentemente
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Ahora bien, retomando el análisis del recurso de casación, se infiere que el argumento central
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Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Sea con costas y costos
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
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