Auto Supremo AS/0233/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0233/2019

Fecha: 08-Mar-2019

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1. Acusa que el Tribunal de Alzada habría incurrido en incongruencias negativas (citra petita), porque no habría dado respuestas concretas y efectivas a los agravios que fueron fundamentos en su recurso de apelación, incumpliendo así el art. 265.I del Código Procesal Civil, y vulnerando el debido proceso contenido en el art. 115 de la C.P.E. concordante con los arts. 4 y 5 de la Ley Nº 439. En este mismo punto, ahonda en la falta de legitimación activa de los demandantes para iniciar el proceso, pues al haber sido interpuesta la demanda por un tercero ajeno a los contratos de los cuales se pretende la nulidad, considera que la parte demandada debió acreditar su interés en la causa, así como el derecho subjetivo; aspecto que al constituirse como un presupuesto de admisibilidad debió ser advertido por el juez de la causa antes de admitir la demanda