Auto Supremo AS/0233/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0233/2019

Fecha: 08-Mar-2019

Bajo esos antecedentes, y tramitada la causa, el Juez Público Octavo en lo Civil y

Bajo esos antecedentes, y tramitada la causa, el Juez Público Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, mediante Sentencia Nº 165 de fecha 24 de agosto, cursante de fs. 1166 a 1175, declaró PROBADA la demanda como nulidad del Instrumento Nº 289/2011 de 4 de marzo de 2011, disponiendo la cancelación de la Matrícula Nº 7012010032607 y el cese de perturbaciones e IMPROBADA la acción negatoria planteada por la parte demandante. Asimismo, declaró IMPROBADA la acción negatoria más pago de daños y perjuicios que fueron demandados de manera reconvencional. Sin costas por ser proceso doble