Auto Supremo AS/0241/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2019

Fecha: 08-Mar-2019

a)Respecto a la insuficiencia del Poder Especial N° 266/2010 de 26 de octubre de 2010

1.Respecto al recurso de casación en el fondo de Ana Karina Moscoso Valda.
Señala que el recurso presentado es confuso y contradictorio, donde se expresa como agravio la supuesta ilegalidad de la citación por cedula, no solo con la demanda sino también con el emplazamiento a reconocimiento de firmas del documento de 29 de diciembre de 2010; refiere que toda deficiencia, error o ilicitud en la citación con la demanda, debió ser reclamada oportunamente y ante la misma autoridad; añade que en el presente caso, Ana Karina Moscoso Valda, fue citada con la demanda y notificada con la sentencia en su domicilio laboral, sin haber emitido reclamo alguno ante el juez de la causa, consintiendo la forma y lugar de la citación.
Manifiesta que el Tribunal de apelación, obró acertadamente al confirmar la sentencia y desestimar el reclamo de nulidad de citación y de obrados, pues la denuncia de irregularidad en la citación con la demanda, solo persigue el propósito de dilatar el proceso, pues las demás demandadas no alegaron falta de citación, ya que siendo familiares en primer grado, bien pudieron observar la citación de su hermana a tiempo de apersonarse a la presente acción; afirma que la recurrente no demostró con ningún medio probatorio su pretensión, ya que a tiempo de plantear la nulidad de obrados, no demostró cual es o fue su domicilio real donde debió practicarse la diligencia.
2.Recurso de casación interpuesto por Norma Beatriz Valda López, Ana Karina, Ana Ximena, Norma Valeria Cecilia, Helga Pamela y Paola Gabriela Moscoso Valda.
a)Respecto a la insuficiencia del Poder Especial N° 266/2010 de 26 de octubre de 2010