Auto Supremo AS/0296/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0296/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

Ahora bien, es de importancia precisar las condiciones de temporalidad en las que las Resoluciones


Como se tiene anotado en este Fallo, la doctrina legal inicialmente emitida y de la que en el curso de posteriores acciones recursivas se reclamó cumplimiento, tiene origen en el tratamiento que el Auto de Vista 47/2009 de 31 de marzo brindó al recurso de apelación restringida opuesto por la imputada corriente a fs. 666 a 675.; a partir de esa relación –sumado el recurso de casación activado por el querellante, la Sala Penal Liquidadora a través del Auto Supremo 536/2013 de 23 de octubre, dejó sentado que la autoridad que pretenda la nulidad de una Sentencia ordenando juicio de reenvío, debía antes argumentar la trascendencia de las razones que motivaron su censura y su decisión de reenvío.

Ahora bien, es de importancia precisar las condiciones de temporalidad en las que las Resoluciones emitidas en el párrafo que precede fueron dictadas. En el caso del Auto de Vista 47/2009 de 31 de marzo, fue pronunciado en un momento en el que la Ley otorgaba permisiones para acciones oficiosas de parte de las autoridades de alzada. El criterio de preservación del cumplimiento de la Ley por su carácter de orden público, era vinculado en la práctica forense por el criterio subjetivo de la autoridad encargada de una eventual revisión, actividad que se adecuaba no solo al art. 15 de la Ley 1455, sino que también ocurría en un mapa jurídico constitucional distinto al de la gestión 2013