Bajo estas premisas se concluye, que el auto de vista recurrido se ajusta a las
1.- Se ha podido evidenciar que analizados los antecedentes que informan el proceso se adviete4 que la parte demandada desvirtuó en parte lo alegado por el demandado, como era su obligación hacerlo, conforme lo determina los arts. 3. H) 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, referidos al principio de inversión de la prueba.
Bajo estas premisas se concluye, que el auto de vista recurrido se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna
Bajo estas premisas se concluye, que el auto de vista recurrido se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna
- CONSIDERANDO I
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- Expresando además que el referido auto de vista no cumplió con la misión específica de
- El recurrente menciona que otra de las faltas cometidas por el Tribunal de Alzada es
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Bajo estas premisas se concluye, que el auto de vista recurrido se ajusta a las
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- Asimismo, podemos señalar que en el derecho laboral
- En este sentido, tampoco debe perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe
- Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material,
- Ahora bien, a objeto de resolver la controversia, debemos partir de lo reglado por el
- Por su parte el art
- El art
- “Horas Extraordinarias
- Bajo el marco normativo señalado se advierte que, si bien la ley laboral no trae
- En el caso de autos, se establece que es el propio demandante quien manifiesta que
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- Asimismo al Tribunal de segunda instancia al establecer que no le corresponde al actor el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
