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    Auto Supremo AS/0237/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0237/2019

    Fecha: 29-May-2019

    Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material,

    Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material, llegando de este modo a un razonable criterio
    • CONSIDERANDO I
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    • Expresando además que el referido auto de vista no cumplió con la misión específica de
    • El recurrente menciona que otra de las faltas cometidas por el Tribunal de Alzada es
    • II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
    • Bajo estas premisas se concluye, que el auto de vista recurrido se ajusta a las
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    • Asimismo, podemos señalar que en el derecho laboral
    • En este sentido, tampoco debe perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe
    • Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material,
    • Ahora bien, a objeto de resolver la controversia, debemos partir de lo reglado por el
    • Por su parte el art
    • El art
    • “Horas Extraordinarias
    • Bajo el marco normativo señalado se advierte que, si bien la ley laboral no trae
    • En el caso de autos, se establece que es el propio demandante quien manifiesta que
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    • Asimismo al Tribunal de segunda instancia al establecer que no le corresponde al actor el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

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