Auto Supremo AS/0237/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2019

Fecha: 29-May-2019

En el caso de autos, se establece que es el propio demandante quien manifiesta que

En el caso de autos, se establece que es el propio demandante quien manifiesta que el trabajo del chofer de Trailer conforme se evidencia en su demanda cursante de fs.17 a 18 vta., corroborando con la documental cursante de fs. 1 a 15, este sentido, no corresponde el pago de las horas extras solicitadas por el recurrente, como acertadamente determinaron los juzgadores de instancia en sus resoluciones emitidas a su turno, quienes para arribar a la conclusión asumida, valoraron de manera acertada la prueba adjunta durante la tramitación del proceso, conforme la facultan los arts. 3. j), 158 y 200 del Codigo Procesal del trabajo, extremo que desvirtua lo aseverado por el demandante, pues como se sostuvo procedentemente, el demandante al haber desempeñado un cargo de confianza, no corresponde el pago por los conceptos reclamdos en su recurso, ya que si bien, la Constitucion Politica del Estado protege los derechos de los trabajadores y de las trabajadoras, los cuales se encuentran consagrados en los artículos 46 y 48 de la Carta Fundamental, esta protección tiene su ámbito de aplicacon en los casos cuando se hubiese vulnerado algún derecho del trabajador, situación que no sucedió en el caso presente