Auto Supremo AS/0328/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Como primer motivo denunciaron la falta de acción en el delito de Despojo, argumentando que



II.2.1. Del recurso de apelación restringida de Enrique Salazar Romero y
Victoria Pérez Balderrama.

Los imputados descritos precedentemente impugnaron la respectiva Sentencia, bajos los siguientes argumentos:

Como primer motivo denunciaron la falta de acción en el delito de Despojo, argumentando que de la revisión fáctica de la acusación particular se habría afirmado que la acusadora es la propietaria de un bien inmueble ubicado en el Barrio Lagunillitas de la localidad de Monteagudo, haciendo referencia a un documento privado de 18 de noviembre de 2011, aludiendo que le correspondería el 50% de ese derecho propietario y que acreditaría con un acuerdo transaccional, cuestionando la validez del mismo en relación al derecho propietario del inmueble. Indican los imputados que la acusación particular establecería que existiría una demanda civil de resolución de contrato por falta de pago del precio, siendo que el derecho propietario se encontraba registrado a nombre de los imputados, también se afirmó que se colocaron candados al ingreso principal impidiendo la entrada de la acusadora como de las detentadoras, cuestionando la acción del delito de acusado, en sentido que para ser acusadora debe ser víctima de un delito penal, siendo esta una persona física, sosteniendo que Enrique Salazar Romero el 28 de julio de 2016 no se encontraba en el domicilio de la localidad de Monteagudo sino en su casa de campo, situación que fue corroborada por las declaraciones de los acusados y del testigo Gustavo Marqués Loayza, por lo que su conducta no fue acreditada para que sea condenado al no haber participado en el delito