Auto Supremo AS/0353/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0353/2019-RRC

Fecha: 15-May-2019

Señaló defecto del art


Señaló defecto del art. 370 num. 5 del CPP, porque en ninguna parte de la Sentencia, así como de la normativa descrita en la misma, se evidenció que alguna de éstas imponga una obligación, ni siquiera la norma del art. 34 inc. c) del Decreto Supremo 0181, ya que designar un responsable de calificación o de evaluación, no es lo mismo que nombrar un responsable o una comisión de recepción, que son regulados de manera separada por los arts. 38 y 39 del CPP. A su vez, se analizó que conforme a la Resolución Administrativa CH/N° 001 de 2 de enero de 2013 se habría establecido la función de designación del responsable de recepción, empero dicha resolución faculta, no delega o asigna una función propia, no disponiendo una obligación, existiendo por ello contradicción en la Sentencia, existiendo defecto de motivación y fundamentación en ese entendido