Auto Supremo AS/0390/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0390/2019-RRC

Fecha: 28-May-2019

Finalmente, el recurso carece de una expresión de agravios, pues si bien arguye que el


Con relación a los defectos de la Sentencia los recurrentes se limitaron a expresar la cita de las normas adjetivas que consideran como defectos de la resolución, sin hacer una argumentación o explicación de la aplicación que pretenden, al respecto no es que se requiera que la parte apelante realice una amplitud de argumentaciones en su apelación restringida, sino que la misma si es concisa debe señalar aspectos necesarios para que este tribunal aperture su competencia conforme a la norma adjetiva penal.
Finalmente, el recurso carece de una expresión de agravios, pues si bien arguye que el tribunal a quo no habría realizado una correcta valoración de las pruebas del juicio oral, los recurrentes no han sabido explicar en qué constituye una correcta valoración de la misma, qué tipo de valoración debió otorgar a tal o cual prueba documental y testifical, no establecieron qué prueba en específico fue omitida en su valoración o erróneamente valorada. En el presente caso la parte apelante ni siquiera ha expresado qué reglas de la sana crítica el Tribunal a quo omitió aplicar a momento de valorar las pruebas, tampoco se expresó cuál es el sentido erróneo que le dio el Tribunal a quo a dichas pruebas y cuál es la aplicación que se pretende a parte recurrente, por lo que hay una falta total de expresión de agravios de parte de la recurrente, lo cual inhabilita al tribunal de alzada ingresar a considerar este motivo de la apelación, conforme al art. 398 del CPP