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3.Sostuvo que el A quo rechazó las pruebas testificales de cargo como la confesión provocada, solicitando el recurrente la reposición con alternativa de apelación, que fue concedida en el efecto diferido, misma que no fue resuelta en sentencia, vulnerando el derecho a la igualdad, a la seguridad jurídica, al derecho a la defensa, al debido proceso, dejando al actor en estado de indefensión
- CONSIDERANDO I
- Sobre las contradicciones e incongruencias que existiera en el fallo el Ad quem sostuvo que
- CONSIDERANDO II
- De las denuncias expuestas por el demandante, Jhonny Lidio Alipaz Ticona, se extrae de manera
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- Petitorio
- Respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- III.1 Principio de per saltum
- El art 272 del Código Procesal Civil de forma expresa ha establecido como un requisito
- Por otro lado, el mismo artículo en su parágrafo segundo sostiene sobre la legitimación en
- En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver los agravios planteados por el recurrente
- Ahora bien, del examen del proceso se tiene de fs
- De la respuesta al Recurso de Casación
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
- Se regula honorario profesional del abogado que contesto el recurso de casación, en la suma
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
