Auto Supremo AS/0271/2019-CC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2019-CC

Fecha: 03-Jun-2019

El recurrente afirma que el incumplimiento de un contrato no implica por si sólo la

El recurrente afirma que el incumplimiento de un contrato no implica por si sólo la existencia de daños y perjuicios, porque sea cual fuera la naturaleza del contrato, los supuestos daños y perjuicios deben se probados por la parte demandante, con la finalidad de determinar, si son ciertos, reales y si derivan del incumplimiento del contrato administrativo, conforme disponen los arts. 344, 345 y 346 del Código Civil sustantivo, acusados de infringidos