Auto Supremo AS/0305/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2019

Fecha: 26-Jun-2019

Asimismo, atribuyó al tribunal de alzada interpretación errónea de la norma, no tomó en cuenta,

Asimismo, atribuyó al tribunal de alzada interpretación errónea de la norma, no tomó en cuenta, por qué existe individualización de normativa específica para este beneficio, existiendo un tratamiento económico que es variable de acuerdo a la empresa que tiene que aplicar este beneficio a sus trabajadores, desconociendo que la Fundación Infocal Chuquisaca es una persona jurídica destinada a la capacitación y formación de estudiantes que no genera grandes utilidades, entonces, el tribunal de alzada debió tener en cuenta que el ex trabajador percibía un salario elevado, superando al mínimo nacional establecido en el D.S. 2346 de 1 de mayo de 2015 por ocupar un cargo de jerarquía, como se puede verificar en la documental de fs. 115-118 de obrados, ahí la naturaleza de la excepción prevista por la normativa vulnerada