Auto Supremo AS/0305/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2019

Fecha: 26-Jun-2019

De la revisión del recurso de casación en la forma, el impetrante cuestionó el auto

Consecuentemente, cuando un juez o tribunal omiten motivar una resolución, no sólo suprime una parte estructural de su fallo, sino que en la práctica toma una decisión de hecho y no de derecho, en la que impide a las partes conocer cuáles son las razones que sustentan su fallo, por ello, las resoluciones judiciales deben estar debidamente motivadas.
De la revisión del recurso de casación en la forma, el impetrante cuestionó el auto de vista impugnado, acusando de haber incurrido en errores in procedendo, vulnerándose el art. 265-I del C.P.C., infringiendo el debido proceso, el principio de seguridad jurídica y el principio de pertinencia al omitir valorar la prueba documental, ignorando el auto de relación procesal que implicó se pronuncie una sentencia citrapetita, por todo lo expuesto incumplió con el principio de congruencia, además no tomó en cuenta la excepción que tiene la normativa referida al Segundo Aguinaldo “D.S. Nº 2631 y la R.M. 1031/2015”, dejando al empleador en total indefensión, por lo que no existe seguridad jurídica entre las partes