Auto Supremo AS/0344/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2019

Fecha: 14-Jun-2019

En casación, en aplicación del art

En casación, en aplicación del art. 220-II, III y IV del CPC-2013, aplicable con la permisión de la Disposición Transitoria Sexta de éste último Código y las mismas normas remisivas de la Ley Nº 1340, cuanto el Tribunal Supremo, estima que no son evidentes los vicios de nulidad identificados en la fase administrativa y que fueron acogidos en Sentencia o en el Auto de Vista, que declararon: probada la demanda y fue confirmada en alzada, debe CASAR el Auto de Vista y declarar IMPROBADA la demanda; es decir, corresponde emitir una forma de resolución en el fondo, respecto del objeto del proceso, que en si busca una nulidad de actuaciones en la fase administrativa; caso contrario, si los de instancia declararon IMPROBADA la demanda, (como aconteció en el caso presente), desestimando la nulidad impetrada, respecto de las actuaciones de la fase administrativa y que hubiese sido confirmada en alzada, el Tribunal Supremo, debe CASAR el Auto de Vista y declarar PROBADA la demanda, declarando lógicamente la nulidad de los actos administrativos, que hubiesen incurrido en algún vicio insubsanable; es decir, si bien se emite una resolución en el fondo, se ordena esa nulidad, porque constituye el objeto del proceso, que busca la nulidad de esos actos administrativos