Aduce que el art
Aduce que el art. 19 de la LGT, establece que el cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios de los tres últimos meses, y siendo que la relación laboral concluyó el 25 de noviembre de 2013, corresponde realizar el cálculo sobre las boletas de pago de los tres últimos meses, durante los cuales se verifica que el haber básico del demandante ascendía a Bs.1.512, conforme se verifica de las boletas de pago, planillas salariales, extractos bancarios, estado de cuenta de aportes a la Seguridad Social de AFP Previsión, finiquito, que verifican los tres últimos sueldos percibidos por el demandante en la suma de Bs.1.562,40, evidenciándose un sueldo promedio en demasía e irreal
- Demandado: Gallardo Investments SRL
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs
- Mediante recurso de casación en la forma y el fondo de fs
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- Incorrecta valoración de la prueba que demuestran el correcto sueldo promedio indemnizable del actor de
- Afirma que el Auto de Vista Nº 02, inobservó el art
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- Aduce que el art
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- Afirma que no correspondía el pago de ninguno de los conceptos demandados, de acuerdo a
- A través de decreto de 27 de marzo de 2019 de fs
- Manifiesta que no existe falta de congruencia puesto que el Auto de Vista impugnado revela
- En relación al recurso de casación en el fondo y a la valoración de la
- Mediante Auto de 22 de abril de 2019 de fs
- El art
- La motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un
- En ese orden de ideas, el Tribunal de alzada al resolver una apelación debe inexcusablemente
- Conforme estas apreciaciones, este Tribunal, contrastando los agravios expuestos en el recurso de apelación de
- Siendo evidente que el Tribunal de alzada incurrió por segunda vez en una falta de
- El error cometido por el Tribunal de apelación no es excusable; más aún, si se
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
