Afirma que no se consideró el acta de confesión provocada prestada por la parte demandante
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Dicha resolución motivó un nuevo recurso de casación, interpuesto por Gallardo Investments SRL., representada por Luis Enrique Pérez Reque, alegando lo siguiente:
Casación en la forma
Falta de fundamentación y congruencia
Acusa la incorrecta determinación del sueldo promedio indemnizable, afirma que no se consideró el cargo desempeñado por el actor de asistente de Gerencia y Marketing, sin percatarse de la confesión judicial del demandante y sin tomar en cuenta que los principios protectivos del trabajador son relativos y no absolutos, argumenta que el Auto de Vista, no respondió congruentemente a los aspectos reclamados como agravio en el recurso de apelación, como la falta de valoración respecto al cargo desempeñado por el actor como Asistente de Gerencia y Marketing, egresado de Diseño Gráfico, habiendo ingresado con el salario mensual de Bs.1.400, es decir, demostrando el irreal sueldo promedio indemnizable de Bs.10.622,48; aspecto sobre el cual el Auto de Vista Nº 2, volvió a incurrir en el mismo error sin considerar la planilla, boletas de pago adjuntas en calidad de prueba.
Afirma que no se consideró el acta de confesión provocada prestada por la parte demandante cursante a fs. 231 a 232, en la cual la parte actora expresamente admitió y reconoció el haber básico percibido, al señalar de manera textual “No era un monto fijo pero oscilaba por BS.1.500”, reconociendo el real sueldo percibido, sobre los cuales corresponde el cálculo del sueldo promedio indemnizable, conforme dispone el art. 19 de la LGT; sin embargo el Auto de Vista, no se pronunció sobre el valor probatorio que se debe otorgar a la prueba de la confesión judicial del demandante
Dicha resolución motivó un nuevo recurso de casación, interpuesto por Gallardo Investments SRL., representada por Luis Enrique Pérez Reque, alegando lo siguiente:
Casación en la forma
Falta de fundamentación y congruencia
Acusa la incorrecta determinación del sueldo promedio indemnizable, afirma que no se consideró el cargo desempeñado por el actor de asistente de Gerencia y Marketing, sin percatarse de la confesión judicial del demandante y sin tomar en cuenta que los principios protectivos del trabajador son relativos y no absolutos, argumenta que el Auto de Vista, no respondió congruentemente a los aspectos reclamados como agravio en el recurso de apelación, como la falta de valoración respecto al cargo desempeñado por el actor como Asistente de Gerencia y Marketing, egresado de Diseño Gráfico, habiendo ingresado con el salario mensual de Bs.1.400, es decir, demostrando el irreal sueldo promedio indemnizable de Bs.10.622,48; aspecto sobre el cual el Auto de Vista Nº 2, volvió a incurrir en el mismo error sin considerar la planilla, boletas de pago adjuntas en calidad de prueba.
Afirma que no se consideró el acta de confesión provocada prestada por la parte demandante cursante a fs. 231 a 232, en la cual la parte actora expresamente admitió y reconoció el haber básico percibido, al señalar de manera textual “No era un monto fijo pero oscilaba por BS.1.500”, reconociendo el real sueldo percibido, sobre los cuales corresponde el cálculo del sueldo promedio indemnizable, conforme dispone el art. 19 de la LGT; sin embargo el Auto de Vista, no se pronunció sobre el valor probatorio que se debe otorgar a la prueba de la confesión judicial del demandante
- Demandado: Gallardo Investments SRL
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs
- Mediante recurso de casación en la forma y el fondo de fs
- Mediante Auto de Vista N° 02 de 3 de enero de 2019 (segundo Auto de
- Afirma que no se consideró el acta de confesión provocada prestada por la parte demandante
- Incorrecta valoración de la prueba que demuestran el correcto sueldo promedio indemnizable del actor de
- Afirma que el Auto de Vista Nº 02, inobservó el art
- Inobservancia del art. 19 de la LGT para determinar un incorrecto sueldo promedio indemnizable
- Aduce que el art
- Haciendo transcripción de la prueba aportada en el proceso, alega que el Auto de Vista
- Afirma que no correspondía el pago de ninguno de los conceptos demandados, de acuerdo a
- A través de decreto de 27 de marzo de 2019 de fs
- Manifiesta que no existe falta de congruencia puesto que el Auto de Vista impugnado revela
- En relación al recurso de casación en el fondo y a la valoración de la
- Mediante Auto de 22 de abril de 2019 de fs
- El art
- La motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un
- En ese orden de ideas, el Tribunal de alzada al resolver una apelación debe inexcusablemente
- Conforme estas apreciaciones, este Tribunal, contrastando los agravios expuestos en el recurso de apelación de
- Siendo evidente que el Tribunal de alzada incurrió por segunda vez en una falta de
- El error cometido por el Tribunal de apelación no es excusable; más aún, si se
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
