Auto Supremo AS/0418/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0418/2019-RRC

Fecha: 04-Jun-2019

La labor de control que realice el Tribunal de alzada respecto a la denuncia de


La labor de control que realice el Tribunal de alzada respecto a la denuncia de ausencia de fundamentación de la sentencia, debe ser cumplida a través de una resolución fundamentada que exponga de manera clara y precisa las razones para sostener que existió o no una insuficiente fundamentación de la sentencia, vale decir, que la fundamentación exigida al Juez o Tribunal de Sentencia no podrá ser suplida por una exposición retórica, general y meras conclusiones, sino que deberá estar regida bajo el cumplimiento de los requisitos mínimos que hacen a una resolución motivada; es decir, que sea expresa, clara, legítima, completa y lógica, elementos que también son exigibles a la Resolución de alzada, entendimiento que fue explicado en el Auto Supremo 209/2015-RRC de 27 de marzo, en relación a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales, señalando que: “La Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts. 115.II, 117.I y 180.I; siendo así que, la garantía del debido proceso contiene entre uno de sus elementos la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones, lo que significa que el juzgador al emitir el fallo debe resolver los puntos denunciados, mediante el conjunto de razonamientos de hecho y de derecho en los que apoya su decisión;  (…) fallo que debe ser: expreso, claro, completo, legítimo y lógico; exigencia que también se halla establecida en el art. 124 del CPP