Auto Supremo AS/0418/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0418/2019-RRC

Fecha: 04-Jun-2019

Por Sentencia 30/2017 de 21 de marzo, el Tribunal Primero de Sentencia de Copacabana del


Por Sentencia 30/2017 de 21 de marzo, el Tribunal Primero de Sentencia de Copacabana del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Inés Juana Arias Choque Vda. de Mamani y Nelson José Mamani Arias, absueltos de la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Robo Agravado, bajo los siguientes argumentos:

La acusadora no tiene su domicilio en el terreno, ni vivió en las habitaciones precarias que dice ser de su propiedad, lo que si se evidencia es que ella se domiciliaba en ese entonces en la ciudad de La Paz tal cual se ve del memorial de acusación en la zona Bajo Llojeta; asimismo, se rescata de la declaración testifical de su hija Virginia Tapia de Conde, que manifestó que su madre ingresaba a la Isla una vez al mes, concuerdan con las declaraciones de los comunarios Benito Choque Ticona que declara que Nicanora Arias venía una vez al año, Félix Choque Mamani que declara que nunca vivió la víctima en la Isla y que sólo le vio en dos oportunidades, Bernardino Choque Ticona que indica que a veces veía a la víctima y que no sabe dónde se alojaba y por último Luciano Ticona hermano de la víctima que indicó que cuando venía Nicanora a la Isla se alojaba donde su hermano o él la alojaba