Auto Supremo AS/0474/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0474/2019-RRC

Fecha: 18-Jun-2019

III


Así, los escritos de apelación presentados por Rogelio Fernández Mamani de fs. 906 a 915 y por Julieta Jovana Fernández Churata de fs. 1178 a 1189, incumplen los requisitos previstos en los arts. 407 y 408 del CPP, situación que se determinó por proveído de 22 de noviembre de 2017 saliente a fs. 1303, correspondiendo la aplicación del último párrafo del art. 399 del CPP, conforme el principio de legalidad.

Finalmente, refirió que la presente causa fue sorteada a Vocal relator el 19 de abril de 2018 como consta a fs. 1408, sin embargo como se acreditan por las literales que se adjuntaron el 2, 3 y 4 de mayo de 2018, el Vocal relator se encontraba con baja médica, por lo que atendiendo que al impedido no le corre plazo la presente Resolución se la emite dentro del plazo previsto por los arts. 130 y 141 del CPP, al haber transcurrido solo 10 días hábiles, descontando los legalmente impedidos, un entendimiento contrario a ello es desconocer los derechos a la salud y vida previsto en los arts. 15 I y 18 I de la CPE, situaciones por la que declaró la inadmisibilidad de ambos recursos de apelación restringida.

III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS O GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y DE LA SUPUESTA CONTRADICCIÓN