Auto Supremo AS/0563/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0563/2019

Fecha: 06-Jun-2019

Sobre esta denuncia, no se ha constatado que el Tribunal de alzada haya soslayado


Sobre esta denuncia, no se ha constatado que el Tribunal de alzada haya soslayado una posible la falta de análisis y valoración integral de la prueba por el contrario se observa que la parte recurrente incurre en el mismo yerro a momento de interponer su recurso de apelación pues no señala de qué forma se habría incurrido en error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba producida, situación que no puede ser subsanada por el tribunal Ad quem, siendo que el mismo debe restringir su decisión a lo expuesto en la apelación de acuerdo al principio de pertinencia, no obstante de ello el Tribunal de apelación efectuando su labor de control de la actuación del juez A quo advirtió que la prueba presentada fue correctamente valorada, por lo que el juzgador ejerció su labor privativa de apreciar la prueba, de acuerdo a la valoración que le otorga la ley, que fue realizada en resguardo del principio de la unidad de la prueba, habiendo procedido a confrontar las pruebas producidas en el caso de autos, de las cuales ha formado convicción sobre los hechos acontecidos, que han conllevado a la determinación asumida sin que se haya demostrado que haya incurrido en vulneración del art. 213.II núm. 3 del Código Procesal civil, ni que la decisión de fondo sea incorrecta con los datos que arroja el proceso, por lo que tampoco procede la aplicabilidad del art. 17.I y II de la Ley del Órgano Judicial en el caso de autos