Auto Supremo AS/0609/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2019

Fecha: 25-Jun-2019

En este entendido ninguna decisión judicial puede considerarse razonablemente correcta o justa, si se funda

En este entendido ninguna decisión judicial puede considerarse razonablemente correcta o justa, si se funda sobre una comprobación errónea o parcial de los hechos que hacen al fondo del proceso sobre la duda del juzgador respecto a pruebas que puedan generar confusión en el criterio del mismo, aspectos que harían de la resolución una decisión ineficaz que atentaría contra los principios constitucionales de armonía social y eficacia; la decisión es correcta si se pone fin al conflicto estando fundada sobre criterios legales y racionales ya que en todo proceso la solución de conflictos es compatible con la búsqueda de la verdad puesto que una resolución que no se fundamente en la veracidad de los hechos viene a generar una desconfianza generalizada hacia el órgano judicial y un riesgo para mantener la armonía social, por lo que el compromiso del Juez es con la verdad y no con las partes del proceso teniendo como instrumento para llegar a esta verdad material, la facultad de disponer la producción de pruebas de oficio, en equidad, no afectando la imparcialidad del Juez, ya que estas pueden determinar la verdad real de los hechos pudiendo favorecer a cualquiera de las partes sin que esto signifique limitar el derecho de defensa y contradicción que tiene la otra parte, pues el Juez solo debe buscar la verdad real de los hechos manteniendo firme su imparcialidad en la aplicación del principio de verdad material al caso concreto