Auto Supremo AS/0364/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0364/2019

Fecha: 31-Jul-2019

i) De los beneficios sociales satisfechos a la demandante – Indemnización por el tiempo de

3) Violación del Principio de verdad material. Haciendo referencia al art. 180 de la CPE y la SCP “1631/2013”, expresa que acompañó pruebas que fueron ignoradas tanto por la Juez a quo como por el Tribunal de Alzada, y al no aplicarse el referido principio, tanto en la Sentencia como en los dos Autos de Vista, estas Resoluciones están viciadas de nulidad, violándose además como consecuencia, el principio de seguridad jurídica.
b) Argumentos de fondo
i) De los beneficios sociales satisfechos a la demandante – Indemnización por el tiempo de servicios. Como se observa de la demanda y las pruebas arrimadas, la demandante recibió la suma de Bs.3.000.- en una primera oportunidad, Bs8033,20.- (ocho mil treinta y tres 20/100 bolivianos), en una segunda ocasión; y, Bs. 2.129,80.- por tercera vez, totalizando la suma de Bs13163,00.- (trece mil ciento sesenta y tres 00/100 bolivianos), por concepto de indemnización por tiempo de servicios