Auto Supremo AS/0655/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0655/2019

Fecha: 05-Jul-2019

De lo que se puede concluir que tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los

De lo que se puede concluir que tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los ordinarios tienen competencia para conocer acciones reales, personales y mixtas; pero la diferencia está en que los primeros conocen las derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria, y los segundos los asuntos derivados de las relaciones del derecho privado sobre inmuebles, muebles, dinero y valores, empero, y en caso de producirse un cambio de uso de suelo, para definir la jurisdicción que conocerá de estas acciones, no sólo se considerara la ordenanza municipal que determine estos límites entre el área urbana y rural, sino esencialmente, el destino de la propiedad y la naturaleza de la actividad que se desarrolla