Auto Supremo AS/0655/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0655/2019

Fecha: 05-Jul-2019

En relación a que el Auto de Vista recurrido sería vulneratorio por haber fallado en

Denunció que el Auto de Vista recurrido es vulneratorio a los derechos y garantías constitucionales del demandado, lesionando derechos fundamentales, patrimoniales, falta de transparencia e igualdad que son principios rectores del debido proceso, porque no cumplió el Auto Supremo Nº 888/2018, puesto que dicha resolución no dispuso nada en relación a que se resuelva la incompetencia en razón de la materia, omitió señalar si se anulan obrados y hasta que fojas deben anularse, siendo que el tema de la competencia fue consentida por la parte demandante al haber iniciado la demanda ante el Juez Público Civil y Comercial.
Por ello, acusó que el Auto de Vista Nº 19/2019 en cuanto a la incompetencia en razón de la materia, vulneró los principios de motivación y fundamentación, porque omitió realizar un examen crítico de las pruebas y los razonamientos jurídicos y argumentos que expliquen el sentido de la decisión, vulnerando así el debido proceso, la igualdad de partes y la seguridad jurídica

En relación a que el Auto de Vista recurrido sería vulneratorio por haber fallado en razón a la incompetencia por materia, corresponde referir que el art. 122 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, establece que: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”