Auto Supremo AS/0186/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2019

Fecha: 12-Ago-2019

Por lo argumentado, siendo evidente que no se cancelaron los aportes devengados, conforme se demostró

Por lo argumentado, siendo evidente que no se cancelaron los aportes devengados, conforme se demostró por la prueba de descargo aportada y que se incurrió en aplicación errónea del art. 48-IV de la CPE, referida a la imprescriptibilidad de los aportes a la seguridad social no pagados y la interpretación errónea del término de la prescripción establecida en el DS Nº 25714; corresponde resolver el recurso de casación en el fondo, conforme las disposiciones legales contenidas en el art. 220-IV de la Ley 439 CPC-2013, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 633 del RCSS, respecto de las excepciones opuestas, debiendo declarárselas improbadas