CONSIDERANDO I
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 428/2019
Sucre, 16 de agosto de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 182/2018
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 723 a 743 y vuelta, interpuesto por Alcides Richard Sandoval Krust, en representación de AXS Bolivia S.A., en virtud al Testimonio Poder Nº 222/2013 de 01-02-2013 emitido por la Notaria de Fe Pública Nº 25 a cargo de Diomar Ovando Polo (fs. 209 a 221) en contra el Auto de Vista Nº 226 de 12 de octubre de 2017, pronunciado por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por el recurrente contra la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, el Auto de 27 de marzo de 2018 que concedió el recurso, el Auto N° 206/2018-A de 3 de mayo de fs. 755 y vta. que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 428/2019
Sucre, 16 de agosto de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 182/2018
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 723 a 743 y vuelta, interpuesto por Alcides Richard Sandoval Krust, en representación de AXS Bolivia S.A., en virtud al Testimonio Poder Nº 222/2013 de 01-02-2013 emitido por la Notaria de Fe Pública Nº 25 a cargo de Diomar Ovando Polo (fs. 209 a 221) en contra el Auto de Vista Nº 226 de 12 de octubre de 2017, pronunciado por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por el recurrente contra la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, el Auto de 27 de marzo de 2018 que concedió el recurso, el Auto N° 206/2018-A de 3 de mayo de fs. 755 y vta. que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y
- I.2.- Auto de Vista
- Deducido recurso de apelación por la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales,
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RESURSOS DE CASACIÓN
- II
- Sobre el mismo objeto, dentro del proceso de rectificación solicitado, se emite en otra instancia
- El Auto de Vista Nº 194/2001 de 26 de octubre de 2011 confirma la sentencia
- Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista 226/2017 de
- II.5.- Contestación
- A fs
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Corresponde en primer término aclarar que, la jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el
- Por lo señalado precedentemente, tanto el Juez A quo como el Tribunal de Alzada están llamados a
- Por lo que el Auto de Vista impugnado en casación, fue emitido sin observar los
- En ese entendido, de la lectura de la sentencia de primera instancia, se observó que
- Por otro lado, es evidente que el Tribunal de Alzada al fundamentar jurídicamente su decisión,
- 2- Respecto al argumento que el auto impugnado, fundamenta su decisión en lo establecido en
- Al ser evidentes las vulneraciones de forma, este Tribunal Supremo de Justicia no ingresa a
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, se concluye que al ser evidentes las infracciones
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
