Deducido recurso de apelación por la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales,
Deducido recurso de apelación por la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 226/2017 de 12 de octubre (fojas 716 a 717), ANULA obrados hasta fs. 679 inclusive, es decir hasta la Sentencia Nº 53/2015 de 12 de octubre, consecuentemente se dispone que el Juez A-quo emita una nueva resolución a la brevedad posible, enmarcando sus actos conforme a los antecedentes procesales y las observaciones de la presente resolución, sin multa por ser excusable
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y
- I.2.- Auto de Vista
- Deducido recurso de apelación por la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales,
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RESURSOS DE CASACIÓN
- II
- Sobre el mismo objeto, dentro del proceso de rectificación solicitado, se emite en otra instancia
- El Auto de Vista Nº 194/2001 de 26 de octubre de 2011 confirma la sentencia
- Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista 226/2017 de
- II.5.- Contestación
- A fs
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Corresponde en primer término aclarar que, la jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el
- Por lo señalado precedentemente, tanto el Juez A quo como el Tribunal de Alzada están llamados a
- Por lo que el Auto de Vista impugnado en casación, fue emitido sin observar los
- En ese entendido, de la lectura de la sentencia de primera instancia, se observó que
- Por otro lado, es evidente que el Tribunal de Alzada al fundamentar jurídicamente su decisión,
- 2- Respecto al argumento que el auto impugnado, fundamenta su decisión en lo establecido en
- Al ser evidentes las vulneraciones de forma, este Tribunal Supremo de Justicia no ingresa a
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, se concluye que al ser evidentes las infracciones
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
