Auto Supremo AS/0428/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2019

Fecha: 16-Ago-2019

En ese entendido, de la lectura de la sentencia de primera instancia, se observó que

Asimismo, se advierte que el Tribunal de Alzada al determinar la nulidad de la sentencia, indicando que realizó una revisión de oficio de supuestas nulidades, no consideró que el juez de primera instancia desarrolló el trámite de la demanda sin ningún vicio de nulidad, además de que si hubiera existido alguno, no fue reclamado de manera oportuna, debiendo tomar en cuenta que la Administración Tributaria realizó una correcta notificación con la Resolución Sancionatoria N° 18-0528-2010, convalidando cualquier nulidad que se hubiera producido, aclarando que este Tribunal Supremo de Justicia no evidenció ningún vicio, sino contrariamente verificó que el a quo desarrolló el trámite de la presente demanda en estricto apego al procedimiento aplicable a la materia y en consecuencia un análisis correcto de las pruebas aportadas al proceso, habiéndose emitido una sentencia con la debida congruencia, fundamentación y motivación.
En ese entendido, de la lectura de la sentencia de primera instancia, se observó que la misma contiene decisiones expresas, positivas y precisas, explicando de manera clara la relación de los hechos alegados oportunamente y comprobados en el proceso, haciendo referencia a las pruebas que llevaron a la autoridad a declarar probada la demanda, siendo congruente tanto la parte considerativa como la parte resolutiva y pertinentes las citas normativas y las pruebas que llevaron a tal convencimiento, en armonía con las sentencias constitucionales señaladas previamente, que refieren a que las resoluciones judiciales deben estar debidamente motivadas