Asimismo, expresó que las testificales de cargo ECC, VLG, IAC, JLA, CCC, AO, NHR, confirmaron
Asimismo, expresó que las testificales de cargo ECC, VLG, IAC, JLA, CCC, AO, NHR, confirmaron la relación sostenida entre la víctima y ALV, la procreación de una hija, la existencia de problemas en esa relación que desencadenaron en su separación, la posterior distribución de bienes, y ciertas sumas de dinero que ALV tenía que entregar a la víctima; agregando que días anteriores al deceso, el imputado y ALV, quienes sostenían a ese momento una relación amorosa habían acordado la muerte de la víctima. En postura de la en ese momento apelante, el acta de desarrollo de juicio oral no contenía esas declaraciones en su integridad, lo que impidió que los juzgadores puedan apoyarse en ellas. Agregó que “las declaraciones de [los] testigos de cargo están incompletas y no se ha registrado en detalle y no se ha escrito y no se ha tomado nota de los detalles” (sic)
- Por memorial presentado el 20 de julio de 2018, fs
- Contra la mencionada Sentencia Martha Bedoya Ávila presentó recurso de apelación restringida, fs
- Esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 097/2019-RA de 20 de febrero,
- Esa conclusión, señaló la sentencia, “…no ha sido probado por el contrario ha generado duda…toda
- …si bien el co-acusado…mantenía una relación extra-matrimonia con la esposa del occiso…no se ha demostrado
- Por memorial de fs
- Asimismo, expresó que las testificales de cargo ECC, VLG, IAC, JLA, CCC, AO, NHR, confirmaron
- Planteó que por disposición del art
- Además, precisó que sobre el “primer agravio reclamado respecto a la defectuosa valoración de la
- Finalmente, con base en jurisprudencia contenida en los Autos Supremos 192 de 11 de junio
- III
- El Auto de Vista 26, admitió el recurso, declaró su procedencia, disponiendo la nulidad de
- Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
- El art
- Los cuestionamientos que efectuó la acusación particular a la valoración efectuada por el Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
