El Auto de Vista 26, admitió el recurso, declaró su procedencia, disponiendo la nulidad de
Conforme se sintetizó precedentemente, emitida la Sentencia 10/2017, Martha Bedoya Ávila representando a Juan Cáceres Sandoval, promovió recurso de apelación restringida, exteriorizando su desarreglo con el fallo absolutorio, al señalar que el mismo no apreció ni valoró testifical de cargo. La en ese momento apelante, estimó que la Sentencia, incurría en el defecto descrito en el art. 370 núm. 10) del CPP, es decir, la inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la sentencia, manifestando que “las declaraciones de [sus] testigos de cargo están incompletas y no se ha registrado en detalle…en el acta de juicio oral solo dice que se dio lectura, pero no dice que es lo que declaran” (sic); y, solicitando al Tribunal de apelación anule la Sentencia y disponga reenvío de juicio.
El Auto de Vista 26, admitió el recurso, declaró su procedencia, disponiendo la nulidad de la Sentencia 10/2017, y ordenó el reenvío del expediente a efectos de reponer el juicio oral. La Sala Penal Primera, consideró que fueron varios elementos que no fueron considerados en la Sentencia, entendiendo que ese extremo vulneraba el principio de igualdad previsto por los arts. 180 Constitucional y el art. 12 del CPP, comprendiendo que ello se manifestaba en el derecho a que las pruebas ofrecidas y judicializadas por las partes sean objeto de valoración de parte de la autoridad jurisdiccional
- Por memorial presentado el 20 de julio de 2018, fs
- Contra la mencionada Sentencia Martha Bedoya Ávila presentó recurso de apelación restringida, fs
- Esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 097/2019-RA de 20 de febrero,
- Esa conclusión, señaló la sentencia, “…no ha sido probado por el contrario ha generado duda…toda
- …si bien el co-acusado…mantenía una relación extra-matrimonia con la esposa del occiso…no se ha demostrado
- Por memorial de fs
- Asimismo, expresó que las testificales de cargo ECC, VLG, IAC, JLA, CCC, AO, NHR, confirmaron
- Planteó que por disposición del art
- Además, precisó que sobre el “primer agravio reclamado respecto a la defectuosa valoración de la
- Finalmente, con base en jurisprudencia contenida en los Autos Supremos 192 de 11 de junio
- III
- El Auto de Vista 26, admitió el recurso, declaró su procedencia, disponiendo la nulidad de
- Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
- El art
- Los cuestionamientos que efectuó la acusación particular a la valoración efectuada por el Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
