Esa conclusión, señaló la sentencia, “…no ha sido probado por el contrario ha generado duda…toda
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
II.1 Sentencia
El 14 de marzo de 2017 el Tribunal de Sentencia Noveno de Santa Cruz de la Sierra, compuesto por los jueces técnicos Alba Sarmiento y Espada Patiño, pronunció la Sentencia 10/2017, con el voto de la primera y la disidencia del segundo absolviendo a Alejandro Rodríguez Condori de la comisión del delito de Asesinato. En el fallo en cuestión, destacan las siguientes conclusiones:
“…a horas 21:00 aproximadamente del día 30 de septiembre de 2012, en el inmueble ubicado en el barrio Vis Kuljis No. 1 fue asesinado con disparos de arma de fuego el Sr. Marcelo Sandoval” (sic)
Bajo el rótulo de “Hechos no probados y circunstancias que generaron duda en la juez presidente del tribunal” (sic) la Sentencia sostiene que: “El acusador fiscal y particular llegaron a la conclusión de que el acusado…es el autor del delito…toda vez que el mismo juntamente con la co-acusada…planificaron la muerte del sr. Marcelo Sandoval y que para ello el acusado habría contratado los servicios de un sicario…Conclusión a la que habrían llegado en base al flujo de llamadas entrantes y salientes al teléfono del acusado…minutos antes y posterior al hecho…” (sic)
Esa conclusión, señaló la sentencia, “…no ha sido probado por el contrario ha generado duda…toda vez que los investigadores…en base a una ineficiente y negligente investigación, apartados de la Ley 1970, en base únicamente en presunciones de que al haber conversado minutos antes el acusado…con el propietario del No. de tel. 690….este sería el sicario sin ninguna otra prueba que corrobore lo afirmado, puesto que en el cuaderno de investigaciones no presentaron como prueba el flujo de llamadas entrantes y salientes proporcionadas por las telefónicas para corroborar lo aseverado, si no únicamente adjuntaron un flujograma realizado por ellos
- Por memorial presentado el 20 de julio de 2018, fs
- Contra la mencionada Sentencia Martha Bedoya Ávila presentó recurso de apelación restringida, fs
- Esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 097/2019-RA de 20 de febrero,
- Esa conclusión, señaló la sentencia, “…no ha sido probado por el contrario ha generado duda…toda
- …si bien el co-acusado…mantenía una relación extra-matrimonia con la esposa del occiso…no se ha demostrado
- Por memorial de fs
- Asimismo, expresó que las testificales de cargo ECC, VLG, IAC, JLA, CCC, AO, NHR, confirmaron
- Planteó que por disposición del art
- Además, precisó que sobre el “primer agravio reclamado respecto a la defectuosa valoración de la
- Finalmente, con base en jurisprudencia contenida en los Autos Supremos 192 de 11 de junio
- III
- El Auto de Vista 26, admitió el recurso, declaró su procedencia, disponiendo la nulidad de
- Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
- El art
- Los cuestionamientos que efectuó la acusación particular a la valoración efectuada por el Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
