Auto Supremo AS/0597/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0597/2019-RRC

Fecha: 13-Ago-2019

Héctor Cleome Aguilar Maldonado recurre en casación mediante memorial de fs


Héctor Cleome Aguilar Maldonado recurre en casación mediante memorial de fs. 215 a 221 vta., a tal efecto este Tribunal Supremo de Justicia dejó sin efecto el Auto de Vista de 11 de agosto de 2017, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie un nuevo Auto de Vista en conformidad a la doctrina legal establecida en la presente resolución, de acuerdo al siguiente entendimiento:

“Considerando, que ante el reconocimiento expreso del derecho al recurso, como sinónimo de la impugnación, en su sentido amplio, haciendo énfasis en la interpretación del derecho más garantista y favorable en pro de los derechos y garantías fundamentales, no resulta sostenible para esta Sala Penal, asumir de manera categórica que la Sentencia emitida en procedimiento abreviado carezca de recurribilidad con el argumento de que los arts. 373 y 374 del CPP no prevén expresamente la procedencia de un medio de impugnación, porque de reconocerse aquello, devendría en una vulneración flagrante, no solo al debido, sino a los propios derechos reconocidos por el Estado Boliviano mediante los Tratados y Convenios Internacionales y la misma Constitución, desconociéndose el bloque constitucional de derecho previsto en el art. 410 de la CPE. Por ello, admitir en ese entendido, que ante la emisión de una Sentencia dentro de la jurisdicción ordinaria, no sería posible considerar su impugnación, por no estar contemplada en la Ley, sería desconocer no solo el derecho interno, sino también el derecho internacional, lo que no puede ser admisible en nuestro Estado normativo procesal y legal