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    Auto Supremo AS/0598/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0598/2019-RRC

    Fecha: 13-Ago-2019

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    • Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 28/2016 de 24 de octubre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, los imputados Benigno Lima Huanca y Rosa Veizaga de Lima, interpusieron
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación interpuesto por Benigno Lima Huanca y Rosa Veizaga de
    • El Auto de Vista desconoció lo previsto en los arts
    • I.1.3. Petitorio
    • Solicita que se declare la procedencia de su recurso, advirtiendo la contradicción en el Auto
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra dicha Sentencia, los imputados Benigno Lima Huanca y Rosa Veizaga de Lima, interpusieron recurso
    • También refieren la existencia de una valoración defectuosa de la prueba comprendido en el art
    • Existencia del defecto comprendido en el art. 370 inc. 11) del CPP
    • Finalmente, señalan la existencia de defectos absolutos comprendidos en el art
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • El Auto de Vista 50/2018 de 16 de agosto, dictado por la Sala Penal Segunda
    • Respecto del defecto comprendido en el art
    • Con relación a la inobservancia de las reglas de la congruencia entre la
    • III. VERIFICACIÓN DE LA POSIBLE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO
    • En el recurso de casación interpuesto se denuncia que el Auto de Vista incurrió en
    • III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Con relación a la única denuncia manifestada, que emergería de que el Tribunal de alzada
    • Nuestro ordenamiento penal acoge el sistema de la Sana Crítica, pretendiendo explicar que sus contenidos
    • La máxima expresión del sistema emerge del juicio de mérito y se traduce en la
    • En un primer momento, a partir de la inmediación y de la percepción directa de
    • Este control, en consecuencia, debe incluir la verificación de la correcta motivación de las sentencias
    • Por lo analizado en el punto III
    • En consecuencia, es menester remitirnos a los argumentos de) recurso de apelación restringida en referencia
    • Con relación a dicha denuncia el Auto de Vista de manera puntual a lo denunciado
    • En consecuencia, se observa que el Tribunal de alzada al momento de responder las denuncias
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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