Auto Supremo AS/0598/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0598/2019-RRC

Fecha: 13-Ago-2019

En consecuencia, es menester remitirnos a los argumentos de) recurso de apelación restringida en referencia


En consecuencia, es menester remitirnos a los argumentos de) recurso de apelación restringida en referencia a la existencia de defectos de valoración de la prueba en la Sentencia que el Tribunal de alzada debió controlar; al respecto, del referido memorial de impugnación los imputados advirtieron que: “…del mismo modo se evidencia que existen CONTRADICCIONES entre las atestaciones de los testigos de cargo plasmada en la Sentencia con referencia a los hechos probados y el acta de registro de juicio oral, prueba clara de ello es que en el PUNTO II.- establece la concurrencia de 3 testigos de cargo de nombres ANA MARIA SALAS BALDERRAMA, SANTUSA EUGENCIA NINA HURTADO Y VIANE COLQUE NINA quienes manifiestan que la querellante vivía en el inmueble hasta el mes de noviembre de 2016, empero los testigos de descargo SEBASTIAN CORIA SOLIZ, IRENE TORDOYA BOHORQUEZ Y ORLANDO VARGAS EQUISE, mismos que manifiestan que la misma NO HABITABA EL INMUEBLE DESDE HACE MAS DE 2 AÑOS, situación por la cual ante la duda debió estarse a los más favorable al imputado es decir que no debió darse por acreditado que la misma fue despojada del inmueble el mes de noviembre de 2015, DE DONDE SE COLIGE QUE NO EXISTE CERTEZA SONBRE LA EXISTENAI DEL HECHO Y LA APRTICICIACÓN DE NUESTRAS PERSONAS EN EL MISMO HECHO, NO COMPORBADO NI CORROBORADO POR NINGUNA DE LAS TESTIFICIONES QUE INCURRE EN UN DEFECTO PREVISTO EN EL ART. 370 NUM. 5 Y 6 DEL CPP…”