Auto Supremo AS/0798/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0798/2019

Fecha: 22-Ago-2019

Considerando todo lo expresado, se tiene que la parte recurrente no realizó una defensa adecuada

En el caso concreto, el derecho propietario del demandante está legítimamente probado, por tanto en esa medida la acción interpuesta es legítima, y fue libre de elegir y disponer la acción con la que mejor creyó resguardar sus derechos y garantías transgredidos, asimismo, de la normativa al tenor del art. 1455.II del sustantivo civil, se puede concluir que el demandante fue libre de solicitar accesoriamente el resarcimiento del daño generado, sin embargo los límites de la congruencia marcan la solicitud pretendida, por tal motivo en este punto se deberá reformular la determinación de instancia, en cuanto se debe otorgar como fue solicitada.
Considerando todo lo expresado, se tiene que la parte recurrente no realizó una defensa adecuada en el proceso, inherentes a su desidia, no pudiendo por tal motivo alegar supuestos agravios en esta instancia, siendo acogido únicamente el punto referido a otorgar la superficie solicitada en la demanda, es decir los 44.50 m2 solicitados con relación a la ocupación física del demandado Eugenio Ramos Pessoa, aspecto que deberá ser acogido y considerado con la pertinencia correspondiente en la nueva resolución de instancia