Auto Supremo AS/0829/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0829/2019

Fecha: 26-Ago-2019

La enajenación de su cuota es una facultad que cada copropietario puede ejercer por cualquier

La primera parte de la norma en análisis expresamente reconoce a cada copropietario el derecho a la plena propiedad de su parte, pudiendo, por lo tanto, enajenarla, cederla o hipotecarla.
La enajenación de su cuota es una facultad que cada copropietario puede ejercer por cualquier título (oneroso o gratuito), sin requerir el consentimiento de los otros, aún en desconocimiento de éstos y sin otorgarles ningún derecho de preferencia, salvo acuerdo contrario entre las partes