De la revisión del recurso de casación interpuesto por Héctor Justiniano Paz representado legalmente por
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación interpuesto por Héctor Justiniano Paz representado legalmente por Flavio Freddy Serrano Roca, se observa que en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
1. Que se aplicó erróneamente el art. 365 del Código Procesal Civil, ya que se comprobó que la audiencia preliminar es nula de pleno derecho, por no encontrarse en sala el abogado defensor de oficio o sea todos los sujetos procesales
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación interpuesto por Héctor Justiniano Paz representado legalmente por Flavio Freddy Serrano Roca, se observa que en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
1. Que se aplicó erróneamente el art. 365 del Código Procesal Civil, ya que se comprobó que la audiencia preliminar es nula de pleno derecho, por no encontrarse en sala el abogado defensor de oficio o sea todos los sujetos procesales
- Expediente: SC-55-19-A
- Oscar Moreno Monasterios
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- Desarrollándose de esta manera el proceso en el Juzgado Público Civil y Comercial Séptimo de
- 2
- 3
- De la revisión del recurso de casación interpuesto por Héctor Justiniano Paz representado legalmente por
- Petitorio
- Solicita que se dicte resolución casando el Auto de Vista deliberando en el fondo no
- Contestación al recurso de casación de María Del Rosario Moreno Vargas de fs
- CONSIDERANDO III
- Respecto al tópico, el autor Gonzalo Castellanos Trigo, en su libro concordado, comentado y acordado
- Bajo el contexto anterior concluimos que asistir a la audiencia preliminar tiene un carácter obligatorio
- CONSIDERANDO IV
- Sobre el contexto del recurso de casación es preciso indicar los antecedentes del Auto definitivo
- Antes de ingresar al análisis es preciso reiterar el entendimiento asumido en el apartado III
- De lo expuesto se tiene que en la primera audiencia preliminar de 31 de julio
- Por otro lado, sobre el reclamo de que el abogado de oficio debía justificar la
- En lo que respecta a lo alegado en el recurso, de que la audiencia preliminar
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Con costas y costos
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
