Sobre el contexto del recurso de casación es preciso indicar los antecedentes del Auto definitivo
Sobre el contexto del recurso de casación es preciso indicar los antecedentes del Auto definitivo Nº 246/2018 de 30 de agosto, cursante de fs. 205 a 206, siendo que mediante providencia de 27 de junio de 2018 a fs. 193, señalando audiencia preliminar para el 31 de julio de 2018 a hrs 9:30 a.m., actuado que fue notificado a fs. 194 y 197; audiencia preliminar instalada en la fecha (ver a fs. 198), que por secretaria se informó la debida notificación a las partes litigantes, sin embargo no se presentó la parte demandante ni su abogado como tampoco la demandada Rosa Ingrid Moreno Vargas, pero si la co-demandada María del Rosario Moreno Vargas junto a su abogado, razón por lo cual el A quo suspendió la audiencia con la condición de que la parte actora y co-demandada, justifiquen su inasistencia en el plazo de 3 días conforme a ley, quedando notificada la parte presente en audiencia y las demás partes en tablero judicial, señalando audiencia para el 30 de julio de 2018, (fecha corregida al 30 de agosto de 2018, mediante informe a fs. 203 y notificada la misma el 7 de agosto de 2018 a fs. 204), instalada la audiencia, por secretaria se comunicó que ambas partes se encuentran presentes con sus respectivos abogados, empero el juez de la causa declaró desistida la pretensión principal debido a que la parte actora no justificó su incomparecencia con prueba documental de la audiencia 31 de julio de 2018, como ordena el art. 365 del Código Procesal Civil
- Expediente: SC-55-19-A
- Oscar Moreno Monasterios
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- Desarrollándose de esta manera el proceso en el Juzgado Público Civil y Comercial Séptimo de
- 2
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- De la revisión del recurso de casación interpuesto por Héctor Justiniano Paz representado legalmente por
- Petitorio
- Solicita que se dicte resolución casando el Auto de Vista deliberando en el fondo no
- Contestación al recurso de casación de María Del Rosario Moreno Vargas de fs
- CONSIDERANDO III
- Respecto al tópico, el autor Gonzalo Castellanos Trigo, en su libro concordado, comentado y acordado
- Bajo el contexto anterior concluimos que asistir a la audiencia preliminar tiene un carácter obligatorio
- CONSIDERANDO IV
- Sobre el contexto del recurso de casación es preciso indicar los antecedentes del Auto definitivo
- Antes de ingresar al análisis es preciso reiterar el entendimiento asumido en el apartado III
- De lo expuesto se tiene que en la primera audiencia preliminar de 31 de julio
- Por otro lado, sobre el reclamo de que el abogado de oficio debía justificar la
- En lo que respecta a lo alegado en el recurso, de que la audiencia preliminar
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Con costas y costos
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
