Que, sustanciado el recurso de casación en resguardo al derecho a la defensa, la parte
Que, sustanciado el recurso de casación en resguardo al derecho a la defensa, la parte contraria no expresó ni realizó observación alguna dentro del plazo que establece la ley, por lo que la autoridad judicial procedió a conceder el recurso, no mereciendo mayor análisis este punto
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- De la revisión del recurso de casación de fs
- Contestación al recurso de casación
- Que, sustanciado el recurso de casación en resguardo al derecho a la defensa, la parte
- CONSIDERANDO III
- III
- b
- CONSIDERANDO IV
- En principio cabe hacer notar que acorde a nuestro ordenamiento jurídico procesal civil, impera el
- En el caso de autos, el primer punto tiene como base observar y controvertir lo
- El reclamo planteado resulta incoherente, sin embargo, de un análisis prolijo se infiere que reclama
- Como segundo tema ligado a este punto, los recurrentes sostienen que se debió analizar su
- Y como último tópico, respecto a que correspondería la aplicación del mejor derecho
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
- Sin costas y sin costos, por no existir respuesta al recurso de casación
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
