Y como último tópico, respecto a que correspondería la aplicación del mejor derecho
Y como último tópico, respecto a que correspondería la aplicación del mejor derecho. Debemos aclarar que en la aplicación de esta figura esencialmente debe existir dos propietarios sobre un mismo bien, tal como manda el art. 1545 del CC., panorama que no se aprecia en el sub lite, porque en el presente caso como dijimos en el punto anterior los demandados no ostentan ningún título propietario, y su posesión alegada en este momento no puede ser asumida como una adquisición del derecho propietario, cuando no ha sido acogida, no correspondiendo en consecuencia, redirigir el proceso para un mejor derecho propietario al no existir dos títulos que puedan confrontarse
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- De la revisión del recurso de casación de fs
- Contestación al recurso de casación
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- CONSIDERANDO III
- III
- b
- CONSIDERANDO IV
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- En el caso de autos, el primer punto tiene como base observar y controvertir lo
- El reclamo planteado resulta incoherente, sin embargo, de un análisis prolijo se infiere que reclama
- Como segundo tema ligado a este punto, los recurrentes sostienen que se debió analizar su
- Y como último tópico, respecto a que correspondería la aplicación del mejor derecho
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
- Sin costas y sin costos, por no existir respuesta al recurso de casación
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
