En el presente caso, Elena Quispe García manifestó que su esposo “…atentando a sus derechos
En el presente caso, Elena Quispe García manifestó que su esposo “…atentando a sus derechos patrimoniales ilícita e ilegalmente, trasfirió el inmueble que en un 50% le corresponde en propiedad, se hace imperativo acudir ante su autoridad a objeto de demandar la nulidad d transferencia de los referidos lotes de terreno, plasmada en el Testimonio de la escritura Publica N° 367 de 13 de junio de 2013, por las causales establecidas en el art. 549, incisos 3) y 5), es decir, por ilicitud de la causa y por ilicitud del motivo que impulso a las partes a la celebración del contrato…”, allanándose Francisco Torrez Villca a la demanda y Frank Alain Torrez Quispe reconviniendo la misma, quien refiere que el contrato cumple a cabalidad con lo establecido en el art. 451 del CC y surte efectos legales respecto a terceros por lo que resulta dicha transferencia legal; en ese marco, el A quo, concluyó respecto a la ilicitud de la causa, que no existe causa ilícita en la transferencia, pues ambos sujetos se pusieron de acuerdo respecto del bien, del precio y del objeto de la venta, y que ha momento de la transferencia, el inmueble era de propiedad exclusiva de Francisco Torrez Villca; asimismo, respecto a la ilicitud de motivo, no existe prueba de que se haya efectuado la transferencia del inmueble para fines ilícitos, sino que el comprador bien pudo hacerlo para obtener créditos con garantía del inmueble, o para ser sujeto de crédito, o bien para utilizar el inmueble como vivienda, etc., y a su vez, en cuanto al vendedor, no se tiene indicio cuando menos de que el motivo que le indujo a transferir el inmueble haya sido ilícito siendo por demás subjetivo este motivo, ya que la buena fe se presume y de haber existido ilicitud, o interés de perjudicar derechos de la demandante, ésta debió probar esos extremos
- Partes: Elena Quispe García c/Francisco Torrez Villca y Frank Alain Torrez Quispe
- Francisco Torrez Villca por memorial de fs
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- b) No existe prueba de que la transferencia tenga fines ilícitos, pues ésta debió probar
- c) En lo referente a la causal del art
- d) Con respecto a la ganancialidad del bien, no se debe confundir en todo caso
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- DE LAS RESPUESTAS AL RECURSO DE CASACIÓN
- Elizabeth Salgueiro Michel, responde el recurso de casación, con los siguientes argumentos
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- CONSIDERANDO III
- Enfocando el análisis sobre la ilicitud de la causa y la ilicitud del motivo que
- 2. Sobre el motivo ilícito
- Cabe precisar que el motivo ilícito a un contrato encuentra su asidero en el art
- 3. De la Valoración de la Prueba
- Sobre este tema el autor José Decker Morales en su obra “CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
- En ese orden de ideas, el autor Víctor De Santo, en su obra “LA PRUEBA
- Finalmente, el Auto Supremo N° 240/2015, señala: “…respecto a la valoración de la prueba, resulta
- Entonces, de todo lo dicho hasta ahora se puede concluir que estos principios que rigen
- CONSIDERANDO IV
- La recurrente, refiere que en el Considerando II, punto 4° del Auto de Vista, se
- Entonces, si el contrato es ilícito por ilicitud de causa, es ilícito forzosamente para ambos
- En el presente caso, Elena Quispe García manifestó que su esposo “…atentando a sus derechos
- La recurrente refiere
- c) Por qué la Sentencia N° 241/2017 de 16 de noviembre, no surte sus efectos,
- Por otra parte, cuando Frank Alain Torrez Quispe, entre los argumentos de su acción reconvencional,
- En cuanto a la conculcación del principio de apreciación integral de la prueba, pues con
- En consecuencia, corresponde a esta autoridad rechazar los agravios planteados por la Marianela Nogales Bohórquez
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
