Auto Supremo AS/0857/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2019

Fecha: 30-Sep-2019

Continúa señalando que el supuesto hecho delictivo ocurrió el 12 de mayo de 2011 y

Continúa señalando que el supuesto hecho delictivo ocurrió el 12 de mayo de 2011 y la pena por el delito acusado es de cinco a diez años de privación de libertad, aclarando que no versan sobre la circunstancia establecida en el párrafo cuarto del art. 173, por lo que no se encuentra dentro del régimen de imprescriptibilidad y no sería aplicable dentro de la presente causa el art. 29 Bis del Código de Procedimiento Penal (CPP), ni el art. 112 de la Constitución Política del Estado (CPE), que establecen la imprescriptibilidad de los delitos que causan grave daño económico al patrimonio del Estado